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Nuevas obligaciones en protección de datos

El día 7 de diciembre se cumplirá un año de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPD-GDD). Esta efeméride señala, asimismo, el final del periodo establecido en la disposición adicional decimoséptima para la designación de Delegados de Protección de Datos, o expertos en la materia, como miembros de los comités de ética de la investigación en el ámbito de la salud, ámbito biomédico o del medicamento.

Estos expertos en protección de datos, que deben reunir los mismos requisitos de formación jurídica y especializada en materia de protección de datos que los delegados de protección de datos, permitirán aportar una visión desde la óptica de la posible afectación a los derechos e intereses los participantes en los estudios en cuanto a los efectos que se puedan derivar del tratamiento de sus datos. Asimismo, las aportaciones que los expertos en protección de datos puedan hacer sobre la privacidad permitirá, también, incorporar la protección de datos desde los momentos tempranos del estudio, lo que garantizará el respeto de las disposiciones del Reglamento General de Protección de datos en cuanto a la privacidad por defecto y desde el diseño.

El año de vigencia de la LOPD-GDD también incorpora, fruto de la finalización de los períodos transitorios, otras novedades relevantes que afectan a determinados entes, con especial relevancia para determinadas obligaciones que la ley reserva para las Administraciones en relación con los derechos digitales, que, a pocos días de terminar el plazo, parece que no llegarán a tiempo. Habrá que seguir atento a la evolución de la normativa.